Silvina Reguera, integrante de la Asamblea El Algarrobo, de Andalgalá, Catamarca, anticipba antes del mediodía en diálogo con FM 103.9 NdR Radio que “mañana o pasado (jueves 3 ó viernes 4) creemos que finalmente la Justicia fallará en favor de nuestro pueblo y se acabará de una vez por todas la explotación megaminera que nos está matando, contaminando y depredando nuestro medio ambiente”. Finalmente, un rato después de la entrevista, la Justicia dictaminó en favor de la exigencia del pueblo de Andalgalá y por ende las megamineras se cree que pronto deberán emprender la retirada.
Escuchá la entrevista realizada a Silvina Reguera, durante la emisión de esta mañana de #LRHVE, en la FM 103.9
Una lucha imposible de invisibilizar
En conversación mantenida durante la emisión de La Radio Ha Vivido Equivocada, Reguera, quien junto a otros de sus compañeros hace más de un mes que se encuentra acampando frente a los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires a la espera de la determinación judicial, expresó que “los jueces deberían acatar la autodeterminación de los pueblos. En Andalgalá queremos vivir y no morir como nos han trazado las empresas megamineras explotadoras”.
Por otra parte, fustigó a los medios de comunicación nacionales que jamás se ocuparon de informar sobre el tema, a pesar que hace un par de días la mayoría de ellos estuvo “haciendo guardia esperando por la causa Nisman y a nosotros nos omitieron nuevamente. Incluso, un movilero, no recuerdo si de Crónica TV o Canal 26, dijo al ver que un grupo de mis compañeros se acercaron a él, que éramos unos ambientalistas que creía que estábamos acampando allí por los glaciares (sic)”.
Preparando el festejo
Asimismo, Reguera sostuvo que una vez que la justicie falle en favor del pueblo catamarqueño, en Andalgalá “organizaremos una fiesta para despedir a estas inhumanas y explotadoras megamineras”, a la vez que prometió: “les doy mi palabra que cuando termine todo esto, lo primero que haré es ir a visitarlos a la radio, para contarles en vivo muchas cosas que hoy no se saben de todo lo que estamos y estuvimos padeciendo”.
Un símbolo de compromiso
Por último, resaltó la digna figura de Nora Cortiñas, cofundadora de Madres de Plaza de Mayo y posteriormente Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, quien “nos acompaña siempre. Incluso, por las noches. Uno la ve venir, así chiquita como es, caminando despacito para compartir con nosotros unos mates y charlar un rato. Realmente Nora es una persona encantadora y comprometida. No tenemos más que palabras de agradecimiento para con ella”.

Los considerandos salientes del dictamen judicial
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de los vecinos de Andalgalá contra la sentencia del Superior Tribunal de Catamarca que había rechazado su amparo.
En el caso, los vecinos habían demandado a la empresa Minera Agua Rica LLC Sucursal Argentina, Yamana Gold Inc, a la provincia de Catamarca y al Municipio de Andalgalá con el objeto de obtener la suspensión de todo tipo de trabajo de construcción destinado a la explotación de las Minas de Agua Rica, ubicadas en los nevados del Aconquija. También pidieron el cese definitivo del emprendimiento por afectar los derechos a un ambiente sano y equilibrado, a la salud, a la integridad física y a la propiedad de todos los habitantes de la región.
En su amparo explicaron que Catamarca aprobó el emprendimiento en forma condicionada mediante la resolución 35/09 de la Secretaría de Minería provincial. Afirmaron que aprobar en forma condicional un proyecto es ilegal, porque -sostuvieron- que ni la legislación nacional ni la provincial admiten que se apruebe un emprendimiento bajo la condición de que la empresa minera en forma previa a iniciar los trabajos subsane las objeciones y observaciones formuladas por la misma provincia.
Los vecinos agregaron que si el proyecto no cumplía con los requisitos de protección ambiental, entonces no debía aprobarse de ninguna manera el emprendimiento. El proyecto -enfatizaron- se halla ubicado en una zona de importancia vital dónde se encuentran numerosos cursos de agua que bañan las zonas más bajas, y que son necesarios para la supervivencia de la ciudad de Andalgalá y de los pueblos cercanos, así como para todas las actividades agrícolas que se desarrollan en la región.
Explicaron que la explotación prevé la utilización de volúmenes masivos de agua y que generará desechos contaminantes lixiviados. Acompañaron en ese sentido un informe de la Universidad Nacional de Tucumán que advierte sobre el peligro de filtración de los cursos de agua
En su decisión, la Corte Suprema consideró que la resolución 35/09 en tanto aprueba el estudio en forma condicional puede producir un daño grave al medio ambiente que puede llegar a ser de imposible reparación en el futuro.
En ese sentido explicó que la misma provincia de Catamarca aprobó en forma condicionada el proyecto minero porque admitió la existencia de problemas ambientales que la empresa debía solucionar antes de iniciar los trabajos para explotar la mina.
Recordó la importancia capital de los estudios de impacto ambiental, que constituyen una herramienta central de política ambiental que deben efectuarse sobre bases científicas, previamente al comienzo de las obras y con participación ciudadana tal como lo establece la Ley General del Ambiente.
Concluyó que la justicia de Catamarca no podía rechazar el amparo que plantearon los vecinos de Andalgalá sin haber tenido en cuenta estas consideraciones, y mandó por ello a dictar una nueva sentencia al superior tribunal de justicia.
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